Conciertos, viajes o noches de hotel: así intentó el PSOE torcer la ley para cazar subvenciones
El Tribunal de Cuentas desmonta el intento del PSOE de justificar subvenciones con gastos no permitidos por la Ley Electoral
El PSOE falseó su contabilidad para cobrar 520.000 € en subvenciones electorales que no le pertenecían
Conciertos musicales y animaciones infantiles a modo de reclamo para buscar votos; noches de hotel pagadas a dirigentes del PSOE para que descansen cómodamente durante la noche del escrutinio; el más elemental material de oficina para el día a día de las sedes camuflado como gasto extra de campaña electoral; contratar autobuses para llevar de viaje a afiliados socialistas para aumentar el público en los mítines; o pagar publicidad antes de que empiece oficialmente la campaña electoral, lo que, además de impedir que pueda ser considerado gasto a efectos subvencionables, es una infracción de la ley sobre elecciones. Y es justo lo que el Partido Socialista puso en práctica en los comicios de 2019 para engordar fraudulentamente sus ingresos por subvenciones.
Los gastos citados anteriormente fueron algunos de los que el PSOE ha tratado de colar como costes de campaña electoral y que los auditores del Tribunal de Cuentas detectaron a tiempo para impedir que eso permitiera al partido de Pedro Sánchez cobrar subvenciones a las que no tenía derecho. Porque ése era el objetivo último: engordar el máximo posible la lista de gastos con facturas de conceptos de lo más variado y, de esa forma, que el PSOE se embolsara muchas más subvenciones electorales de las que le correspondían, fondos que acaba sufragando el Estado al amparo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
Como ha desvelado OKDIARIO a partir de informes oficiales del Tribunal de Cuentas, el PSOE infló reiteradamente sus contabilidades de gastos electorales con facturas improcedentes por un total de 521.000 euros, al calor de las anteriores citas con las urnas municipales y generales que tuvieron lugar en 2019. Tanto el PSOE como su filial catalana del PSC usaron la misma táctica para acaparar subvenciones, pero les pillaron los auditores del Tribunal de Cuentas. Eso frustró el intento de los socialistas para engordar las subvenciones burlando la ley.
El PSOE, pillado
Tras verse sorprendidos por los inspectores del tribunal fiscalizador, desde las filas de Sánchez intentaron excusarse con alegaciones que los auditores tumbaron de plano, por inconsistentes. Por ejemplo, pretendieron hacer ver que las estancias en hoteles para cargos del PSOE en la noche del escrutinio eran parte de los dispositivos de campaña, porque de ellos se beneficiaron «miembros, personal o dirigentes del partido al servicio de la candidatura que permanecen en la circunscripción hasta el momento del escrutinio o con posterioridad al mismo».
Ante este argumento, los inspectores subrayan que ya han sido varias las ocasiones en las que el Tribunal de Cuentas ha censurado que se intenten colar ese tipo de gastos para obtener subvenciones electorales, y le recuerda que es reiterado el criterio legal, y obvio, de que las noches de hotel una vez celebradas las elecciones «no son propios de la campaña, ya que se producen una vez finalizada ésta». Y, además, «tampoco son necesarios e inherentes al proceso electoral, pues su falta de realización no afecta al normal funcionamiento del proceso».
Factura ‘a posteriori’
El colmo de la inclusión de una factura de servicios de «refuerzo electoral» que intentó colar el PSOE por las generales de noviembre de 2019, servicios que, según la factura, se habían prestado entre el 1 y el 27 de diciembre de 2019. Es decir, cuando ya se habían celebrado los comicios. El partido trató de convencer al tribunal fiscalizador de que todo era fruto de una confusión, un baile de fechas entre el momento del pago y el de la prestación del servicio. Pero no coló la excusa. «La formación no ha aportado documentación adicional del proveedor justificativa que certifique que tales servicios fueron prestados con anterioridad», subrayan los inspectores de Cuentas.
La organización de parques infantiles para atraer público a los mítines y actos de campaña es otro de los conceptos de gasto que figuran en la lista de facturas calzadas en busca de subvenciones indebidas. El PSOE dice que, al igual que en el caso de los conciertos musicales, «son contrataciones para dar realce a los actos electorales y para facilitar que puedan acudir los padres con hijos menores, por lo que se trata de gastos que pueden encuadrarse» en los supuestos de gastos subvencionables.
Pero tampoco este argumento ha colado en el Tribunal de Cuentas. Sus auditores recuerdan que esto también viene de lejos, que el PSOE ya sabe –porque se ha hecho constar en diversos pronunciamientos previos– que las actuaciones musicales o las actividades infantiles «no son propaganda o publicidad dirigida a promover el voto, ni constituyen un gasto necesario para desarrollar el acto electoral y, por consiguiente, no pueden entenderse incluidas en ninguno de los conceptos que recoge como [gastos] electorales la Loreg».
Inflar subvenciones
Respecto a la inclusión de facturas de gastos ordinarios de material de oficina para camuflarlos como compras de campaña, el Tribunal de Cuentas censura igualmente la maniobra y rechaza de plano las excusas dadas por el PSOE para justificar su intento de inflar artificialmente su liquidación para cobrar subvenciones. Respecto a varias de las facturas detectadas por los inspectores en este particular, subrayan que salta a la vista que «se trata de elementos de material de oficina propios del funcionamiento ordinario de las sedes del partido, no adquirido específicamente para el trabajo electoral».
Otro de los gastos que intentó colar el PSOE como costes de campaña fueron, por ejemplo, un contrato que tenía firmado para que les hicieran informes diarios sobre análisis, seguimiento y valoración de los candidatos de varias formaciones políticas en la provincia de La Coruña. Esto tampoco es un gasto asumible como necesario y propio de una campaña electoral, subrayan los auditores del Tribunal de Cuentas. Y remarcan: «Informes de seguimiento y valoración de candidatos de otras formaciones políticas (…) son estudios encaminados a definir una estrategia de campaña, al igual que lo son las encuestas electorales y sondeos sobre intención de voto, por lo que sería un concepto no encuadrado en ninguno de los supuestos recogidos en la LOREG» para conceder subvenciones por concurrir a elecciones.
En otros casos, el intento de colar facturas para inflar las subvenciones resultó mucho más burdo: la presentación de gastos que ni siquiera se justificaban, cuyos conceptos no estaban claros o el partido fue incapaz de explicar o de detallar.